Fecha de erogación de los incrementables en la MVE
Es uno de los campos que más se llena "con lo que había a la mano". La Manifestación de Valor pide, para cada incrementable, la fecha en que se erogó ese gasto — y la tentación es poner la fecha de la factura de la mercancía, o la de entrada, o simplemente repetir la misma en todos los renglones.
Por qué no es la condición de pago
La condición de pago describe el acuerdo comercial con tu proveedor: si pagaste anticipado, a 30 días, a 60. Se refiere a la mercancía.
La fecha de erogación de un incrementable se refiere a otra cosa completamente: al momento en que se erogó ese flete, ese seguro, ese embalaje. El transportista y el proveedor son partes distintas, con documentos distintos y calendarios distintos. No hay razón para que sus fechas coincidan, y forzarlas a coincidir introduce un dato que no corresponde a la realidad de la operación.
Qué fecha lleva cada tipo de cargo
| Tipo de cargo | Fecha que le corresponde |
|---|---|
| Cargo directo facturado por un tercero flete de la naviera, prima del seguro, maniobras | La de su propia factura |
| Cargo embebido en la factura del proveedor el flete ya viene dentro del precio | La de la factura que lo contiene |
| Embalaje facturado aparte | La de esa factura de embalaje |
El caso que más se equivoca es el primero. Un cargo directo — el que viene en su propio documento, de su propio emisor — conserva la fecha de ese documento. No se le pone la fecha de la factura de la mercancía sólo porque van en la misma operación.
De qué depende esa fecha
No es un dato decorativo. De la fecha de erogación cuelga qué tipo de cambio corresponde a ese importe cuando el gasto se facturó en divisa. Ponerle una fecha equivocada arrastra un tipo de cambio equivocado, y con él un importe que no cuadra contra el pedimento.
Por eso conviene resolver las fechas antes de empezar a capturar importes, no después. Si en tu proceso las fechas aparecen al final, ya trabajaste con conversiones que quizá tengas que rehacer.
Cuando el gasto viene en divisa
Si el flete se facturó en dólares y el seguro en euros, cada uno lleva su divisa, su fecha y su referencia de tipo de cambio. Que la operación sea multi-moneda es normal y no requiere homologar nada. El detalle de cómo funciona el tipo de cambio en la MVE está en la guía de tipo de cambio en la Manifestación de Valor.
Y si no tengo la fecha
Conseguirla. Es un dato que existe en el documento del gasto, y estimarlo o repetir otra fecha "para poder avanzar" es exactamente lo que después no se puede defender en una revisión, porque el documento soporte dice otra cosa que lo declarado.
Si el expediente está incompleto, lo sensato es detener la captura y pedir lo que falta, no rellenar el hueco con una aproximación.
Que las fechas salgan del documento, no de la memoria
Dokimex toma la fecha de erogación de cada incrementable del documento que lo ampara y resuelve el tipo de cambio que le corresponde. Si falta algo, te lo dice antes de transmitir. Pruébalo con una operación real.
Hablar por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿Puedo poner la fecha de entrada de la mercancía en todos los incrementables?
No es lo correcto. La fecha de entrada corresponde a la mercancía y sirve para la causación del pedimento; los incrementables llevan la fecha en que se erogó cada gasto, según el documento que lo ampara.
¿Y si el flete se pagó después del despacho?
Se declara la fecha real en que se erogó. Que sea posterior al despacho no lo vuelve incorrecto: lo que importa es que la fecha declarada corresponda al documento soporte.
¿La fecha de erogación cambia el valor en aduana?
Indirectamente sí, cuando el gasto está en divisa: la fecha determina el tipo de cambio, y el tipo de cambio determina el importe en moneda nacional que se suma al valor en aduana.